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La gestión de residuos ha sido minuciosamente regulada por la legislación española. El texto fundamental es la Ley 10/1998, que define los residuos como:
Cualquier sustancia u objeto perteneciente a alguna de las categorías que figuran en el anejo de esta Ley, del cual su poseedor se desprenda o del que tenga la intención u obligación de desprenderse. En todo caso, tendrán esta consideración los que figuren en el Catálogo Europeo de Residuos (CER), aprobado por las Instituciones Comunitarias.
Actualmente, la Legislación aplicable a Refinería Balboa tiene su origen además de en Directivas de la Unión Europea transpuestas al orden legislativo nacional, en el Plan Director Integrado de Residuos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Estas normativas imponen a la Refinería una serie de tratamientos diferenciales para la gestión de residuos.
A efecto de gestión, los residuos se clasifican en dos grandes grupos:
La inclusión en una u otra categoría es competencia de la Administración.
La generación de residuos es una consecuencia inevitable del funcionamiento cotidiano de la planta industrial. La figura siguiente muestra los principales residuos generados en una refinería. De ellos, más del 30% son atípicos de refino, es decir, que no derivan de tal proceso. La eliminación de tales residuos debe ser realizada por un gestor autorizado.

Sistema Integrado de Gestión de Residuos
La implantación de un SIstema de Gestión Medio Ambiental (SIGMA) debe contener elementos para reducir la formación de residuos y algunas técnicas de prevención que ayuden a evitar la contaminación del suelo y aguas subterráneas.
Refinería Balboa, siguiendo las estrategias propuestas por la Guía de Mejores Técnicas Disponibles (MTD´s), incorporará un Sistema Integrado de Gestión de Residuos, que comprenderá diversas operaciones y que será un componente importante del mencionado SIGMA, tal y como muestra la figura siguiente.
